A- de 2021
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Garcia Calderon Daniel Y Otros·Demandado Emgesa Esp Sa
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de actos sujetos al derecho administrativo, cuando esté involucrada una entidad pública o un particular en ejercicio de funciones públicas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Octavo Administrativo de Neiva y el Juzgado Primero Civil de Garzón (Huila).
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que formularon varios ciudadanos contra la empresa EMGESA S.A.
E.S.P, que se declare la nulidad de los oficios que negaron la inclusión de los demandantes en el censo poblacional afectado de la vereda Llano la Virgen, dentro del proyecto Hidroeléctrico el Quimbo.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte resolvió que, en virtud del artículo 104 del CPACA, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para conocer de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, en la que se cuestionan decisiones expedidas por medio de actos administrativos de una empresa de servicios públicos mixta, cuyo principal accionista es a la vez una empresa de servicios públicos mixta, en la medida en que se considera una entidad pública para efectos de determinar la competencia.
Con base en lo anterior se remite el expediente al Juzgado Octavo Administrativo del Circuito Judicial de Neiva, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los interesados en este asunto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Primero. Civil de Garzón (Huila) y el Juzgado
- Octavo. Administrativo de Neiva, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Octavo. Administrativo de Neiva es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por el señor Daniel García Calderón y otros contra EMGESA S.A. E.S.P.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-514 al Juzgado
- Octavo. Administrativo del Circuito Judicial de Neiva para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
- Primero. Civil de Garzón (Huila).
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.